Haz parte de la Comunidad UPB en Medellín, Bucaramanga, Montería y Palmira.
Febrero 2024.
Te damos la bienvenida a la sección de Transparencia y Acceso a la Información de la Universidad Pontificia Bolivariana, donde proporcionamos a la comunidad académica y a los ciudadanos en general fácil acceso a información relevante de carácter público. A través de este menú, cumplimos con los requisitos establecidos en la Ley 1712 de 2014 y en la Resolución 1519 de 2020 emitida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).
1.1. Misión, visión, funciones y deberes.
1.1.1. Misión y visión.
1.1.2. Funciones y deberes.
1.2. Estructura orgánica - Organigrama.
1.2.1. Directivos.
1.2.2. Reglamento Organizacional Multicampus: Estructura de Gobierno y Administración General.
1.3. Mapas y Cartas descriptivas de los procesos.
1.4. Directorio Institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales, y dependencias.
1.4.1. Sede central Medellín.
1.4.2. Seccional Bucaramanga.
1.4.3. Seccional Montería.
1.4.4. Seccional Palmira.
1.4.5. Directivos Multicampus.
1.5. Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de la UPB, este ítem no es aplicable.
1.6. Directorio de entidades.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de la UPB, este ítem no es aplicable.
1.7. Directorio de agremiaciones o asociaciones en las que participe.
La UPB tiene este ítem incluido en su plan de trabajo.
1.8. Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención.
1.8.1. Servicios al público.
1.8.2. Normas y protocolos de atención.
1.8.3. Formularios.
1.8.3.a. Inscripciones.
1.8.3.b. SIGAA.
1.8.3.c. Gestión PQRSF.
1.9. Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas.
1.11. Calendario de actividades y eventos.
1.11.1. Calendario académico.
1.11.2. Eventos.
1.12. Información sobre decisiones que puede afectar al público (acceso disponible para la Comunidad UPB mediante sus credenciales de usuario y contraseña).
1.13. Entes y autoridades que lo vigilan.
Universidad sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional. Resolución 17228 del 24 de octubre de 2018 - 6 años. Otorgado por el Ministerio de Educación Nacional. Nit UPB: 890.902.922-6. Todos los derechos reservados. Esta información también se encuentra disponible en el pie de página (footer) del sitio web.
Nombre: Ministerio de Educación Nacional
Dirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321
Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953
Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co
Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co
Sitio web: https://www.mineducacion.gov.co/portal/
Tipo de control: Control regulatorio, desde la Ley 30 de 1992 y todo el sistema normativo aplicable. Ministerio de Educación Nacional.
Mecanismos internos de supervisión, notificación y vigilancia pertinente del sujeto obligado: La Universidad Pontificia Bolivariana cuenta con mecanismos internos de supervisión que garantizan la transparencia, la vigilancia y seguimiento en el cumplimiento de sus objetivos Institucionales en los diferentes niveles de la organización.
La información directamente relacionada con el servicio público educativo, tales como la oferta académica, tarifas de derechos de matrícula y demás derechos pecuniarios, se encuentra debidamente publicada en la página de Normatividad y reglamentos. De conformidad con la Ley 1712/2014, en su artículo 5° y el numeral 2.1.1 del anexo 2 Resolución 1519/2020, la publicación de información se realiza dando cumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales, y las directrices del Ministerio de Educación Nacional.
1.14. Publicación de hojas de vida.
Por la naturaleza jurídica y carácter privado de la Universidad, este ítem no aplica porque los empleados no tienen la calidad de funcionarios o servidores públicos.
2.1. Normativa de la entidad o autoridad.
2.1.1. Leyes.
La información directamente relacionada con el servicio público educativo, tales como la oferta académica, tarifas de derechos de matrícula y demás derechos pecuniarios, se encuentra debidamente publicada en la página de Normatividad y reglamentos.
En esta página se encuentran todas las normas internas que rigen en la Universidad para la comunidad Universitaria y para los grupos de interés.
2.1.2. Decreto Único Reglamentario.
La información directamente relacionada con el servicio público educativo, tales como la oferta académica, tarifas de derechos de matrícula y demás derechos pecuniarios, se encuentra debidamente publicada en la página de Normatividad y reglamentos.
En esta página se encuentran todas las normas internas que rigen en la Universidad para la comunidad Universitaria y para los grupos de interés.
2.1.3. Normativa aplicable.
2.1.4. Vínculo al Diario o Gaceta Oficial.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
2.1.5. Políticas, lineamientos y manuales.
2.1.6 Agenda Regulatoria.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
2.2. Búsqueda de normas.
2.2.1. Sistema Único de Información Normativa – SUIN.
El Sistema Único de Información Normativa del Estado colombiano permite ubicar normas como leyes, decretos, jurisprudencia, entre otros. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, la UPB no es sujeto obligado del mencionado Sistema, por lo que este ítem no es aplicable.
2.2.2. Sistema de búsquedas de normas, propio de la entidad.
2.3. Proyectos de normas para comentarios.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
3.1. Plan Anual de Adquisiciones.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
3.2. Publicación de la información contractual.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
3.3. Publicación de la ejecución de los contratos.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
3.4. Manual de contratación, adquisición y/o compras.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
3.5. Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.1. Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.2. Ejecución presupuestal.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.3. Plan de Acción.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.4. Proyectos de Inversión.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.5. Informes de empalme.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.6. Información pública y/o relevante.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.7. Informes de gestión, evaluación y auditoría.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.8. Informes de la Oficina de Control Interno.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.9 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
4.10. Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
5.1. Trámites (normativa, proceso, costos y formatos o formularios).
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
6.1. Descripción general.
6.1.1. Descripción General del Menú Participa.
De conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2 Resolución MinTIC 1519 del 2020- “Estándares de publicación y divulgación información”; numeral 2. REQUISITOS SOBRE IDENTIDAD VISUAL Y ARTICULACIÓN CON PORTAL ÚNICO DEL ESTADO COLOMBIANO GOV.CO. 2.1. “Los siguientes sujetos obligados deberán incluir un top bar o barra en la parte superior, que redireccione al Portal Único del Estado Colombiano GOV.CO, de acuerdo con lo siguiente: 2.1.1. Para las entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y descentralizado por servicios o territorialmente, con excepción de las empresas industriales y comerciales del Estado, empresas públicas, sociedades de economía mixta y organismos autónomos: Deberán acondicionar una barra superior completa con acceso al Portal Único del Estado colombiano - GOV.CO, que estará ubicada en la parte superior, la cual deberá aparecer en todas sus páginas y vistas. La barra de GOV.CO contendrá su respectivo logotipo, el cual deberá dirigir al sitio web https://www.gov.co y demás referencias que sean adoptadas en el lineamiento gráfico que expida el MinTIC.”.
En consecuencia, la Universidad Pontificia Bolivariana, dada su naturaleza jurídica privada, no es sujeto obligado, tal como se describe en la norma transcrita.
6.1.2. Información sobre los mecanismos, espacios o instancias del Menú Participa.
Según lo señalado por la Función Pública, “El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad pública para una participación efectiva, por tanto, esto es un nuevo impulso para el ejercicio ciudadano participativo”.
“(…)”Con estos lineamientos para implementar en el Menú Participa, estamos facilitando a las entidades la divulgación de información asociada a los espacios y mecanismos de participación, colaboración y control social de los ciudadanos en la gestión pública. Página 12 de 19.
Teniendo en cuenta la finalidad señalada por la Función Pública y dada la naturaleza privada de la Universidad Pontificia Bolivariana, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem.
6.1.3. Estrategia de participación ciudadana.
Según lo señalado por la Función Pública, “El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad pública para una participación efectiva, por tanto, esto es un nuevo impulso para el ejercicio ciudadano participativo”.
“(…)”Con estos lineamientos para implementar en el Menú Participa, estamos facilitando a las entidades la divulgación de información asociada a los espacios y mecanismos de participación, colaboración y control social de los ciudadanos en la gestión pública.
Teniendo en cuenta la finalidad señalada por la Función Pública y dada la naturaleza privada de la Universidad Pontificia Bolivariana, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem.
6.1.4. Estrategia anual de rendición de cuentas.
El objetivo de la rendición de cuentas a la ciudadanía tiene como propósito posibilitar mejores condiciones de transparencia, generar confianza entre gobernantes y ciudadanía, y facilitar el control social. Según lo dispuesto en la página de la Función Pública, las siguientes Entidades y autoridades se encuentran obligadas a la rendición de cuentas: “Orden Nacional: Autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público a nivel nacional: ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, directores, gerentes y presidentes de entidades descentralizadas. Municipios, departamentos y distritos: Según el parágrafo del Artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, deben rendir cuentas las autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel territorial: los gobernadores y alcaldes son responsables de liderar dicho proceso con el apoyo de sus equipos de gobierno, las secretarías de despacho, departamentos administrativos y entidades descentralizadas, distintas de las empresas industriales, y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia. Las Corporaciones públicas de elección popular: las Juntas Administradoras Locales, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales. La Rama Legislativa y Judicial y Las Empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta”.
De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas.
6.1.5. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (PAAC).
La Universidad Pontificia Bolivariana, y teniendo en cuenta su carácter privado, no se encuentra obligada de conformidad con lo señalado en el artículo 73 de la ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
6.1.6. Informes de rendición de cuentas generales.
El objetivo de la rendición de cuentas a la ciudadanía tiene como propósito posibilitar mejores condiciones de transparencia, generar confianza entre gobernantes y ciudadanía, y facilitar el control social. Según lo dispuesto en la página de la Función Pública las siguientes Entidades y autoridades se encuentran obligadas a la rendición de cuentas: “Orden Nacional: Autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público a nivel nacional: ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, directores, gerentes y presidentes de entidades descentralizadas. Municipios, departamentos y distritos: Según el parágrafo del Artículo 50 de la Ley 1757 de 2015, deben rendir cuentas las autoridades y entidades de la administración pública de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel territorial: los gobernadores y alcaldes son responsables de liderar dicho proceso con el apoyo de sus equipos de gobierno, las secretarías de despacho, departamentos administrativos y entidades descentralizadas, distintas de las empresas industriales, y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia. Las Corporaciones públicas de elección popular: las Juntas Administradoras Locales, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales. La Rama Legislativa y Judicial y Las Empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta".
De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas.
6.1.7. Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad.
Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía.”
De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas.
6.1.8. Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana.
Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía”.
De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas.
6.1.9. Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad.
Según lo definido por la Función Pública “La participación ciudadana en la gestión es el ejercicio del derecho constitucional que tienen los ciudadanos, grupos o colectividades a intervenir en la toma de decisiones que toman las entidades que integran el Estado en el ciclo de la política pública, dicha participación puede ser promovida por las autoridades en el desarrollo de sus políticas, planes, programas, proyectos, normas y trámites, o darse por iniciativa de la misma ciudadanía”.
De lo anterior se desprende entonces que este ítem no es de carácter obligatorio para las universidades privadas.
6.1.10. Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana.
La finalidad según los lineamientos de la Función Pública, es crear espacios,
mecanismos y acciones que las entidades implementan para dar cumplimiento a lo
establecido en la política de participación ciudadana en la gestión pública, a fin de
dinamizar la vinculación de la ciudadanía en las decisiones y acciones públicas en las etapas de diagnóstico, formulación, implementación, evaluación y seguimiento de acciones.
Teniendo en cuenta la naturaleza privada de la Universidad Pontificia Bolivariana, no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem.
6.2. Estructura y Secciones del menú "PARTICIPA"
6.2.1. Diagnóstico e identificación de problemas
De acuerdo a la estructura de Menú Participa este debe contener la información sobre las posibilidades de interacción e intervención de los ciudadanos, usuarios y grupos de interés en las fases de formulación, ejecución, control y evaluación del ciclo de la gestión pública definidas en la normatividad general y en las disposiciones específicas para cada entidad, o que son diseñados proactivamente para facilitar el ejercicio de este derecho.
Teniendo en cuenta la finalidad, la Universidad como Institución Educativa de naturaleza privada no se encuentra obligada a dar cumplimiento a este ítem.
6.2.2. Planeación y presupuesto participativo
La Planeación Participativa es entendida como el mecanismo mediante el cual la
sociedad civil decide el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites de acuerdo con sus necesidades. La participación puede darse en la delimitación de los resultados e impactos esperados y en la definición de productos y de actividades.
El Presupuesto Participativo no le es aplicable a las universidades privadas de
conformidad con lo dispuesto en el Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015.
6.2.3. Consulta Ciudadana
Teniendo en la cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para la UPB.
6.2.4. Colaboración e innovación
Teniendo en la cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para las instituciones privadas como la UPB.
6.2.5. Rendición de cuentas
Teniendo en la cuenta la finalidad y en concordancia con las respuestas anteriores, este ítem no aplica para las instituciones privadas como la UPB.
6.2.6. Control social
De acuerdo con lo establecido en la Ley 1757 de 2015, el control social es el derecho y el deber que tienen todos los ciudadanos a participar de manera individual o a través de organizaciones, redes e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados, para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos.
En virtud de lo anterior, y dada la naturaleza privada de la Universidad el presente ítem no le aplica a la UPB y por ende, no está obligada.
7.1. Instrumentos de gestión de la información.
7.1.1. Registro de activos de información.
La UPB tiene este ítem incluido en su plan de trabajo.
7.1.2. Índice de información clasificada y reservada.
La UPB tiene este ítem incluido en su plan de trabajo.
7.1.3. Esquema de publicación de la información.
La UPB tiene este ítem incluido en su plan de trabajo.
7.1.4. Programa de gestión documental.
7.1.5. Tablas de retención documental.
Si deseas acceder a más documentos de interés de la UPB, te invitamos a visitar nuestra sección de Gestión de Documentos. Allí encontrarás otros documentos relevantes y también podrás conocer información para realizar solicitudes específicas.
7.2 Sección de Datos Abiertos
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
8.1. Información para Grupos Específicos
Por tratarse la educación de un servicio público, la UPB presenta en su sitio web información objetiva de interés general.
8.1.1. Información para niños, niñas y adolescentes.
8.1.2. Información para Mujeres.
Por tratarse la educación de un servicio público, la UPB presenta en su sitio web información objetiva de interés general que no se centra en aspectos específicos de género.
8.1.3. Otros de grupos de interés.
Por tratarse la educación de un servicio público, la UPB presenta en su sitio web información objetiva de interés general.
Por tratarse la educación de un servicio público, la UPB presenta en su sitio web información objetiva de interés general.
10.1. Procesos de recaudo de rentas locales.
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
10.2. Tarifas de liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA).
Dada la naturaleza jurídica y carácter privado de esta Universidad, este ítem no es aplicable.
11.1. Trámites, Otros Procedimientos Administrativos y consultas de acceso a información pública.
Por tratarse la educación de un servicio público, la Universidad presenta la información de manera objetiva a toda la comunidad en general para todos los interesados.
13.1. Condiciones de seguridad digital.
13.1.2. ¿La entidad ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), recomendado por la Dirección de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones?
No se ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), pero tanto la política de seguridad como las directrices que la soportan, están basadas en estándares internacionales como ISO 27001, Controles de CIS y NIST.
13.1.3. En caso de que la entidad haya sufrido algún incidente de seguridad de la información en el último año, ¿esta ha comunicado los incidentes a la Superintendencia de Industria y Comercio, y en caso de ser graves o muy graves al Grupo de Respuestas a Incidentes de Seguridad Informática del Gobierno Nacional (CSIRT)?
No han ocurrido este tipo de incidentes durante el último año.
Resolución 020198 del 31 de octubre de 2024 por un periodo de 8 años
Universidad sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional.
Otorgado por el Ministerio de Educación Nacional. Nit UPB: 890.902.922-6. Todos los derechos reservados